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García Dabezies & Tassitch Abogados

Inscripción de Matrimonio Extranjero en Argentina CABA

Inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero en el Registro Civil de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) Argentina. + de 300 Reseñas de Clientes. Actas de matrimonio de Japón, Estados Unidos, Italia, Chile, Brasil, Uruguay, España, Serbia y otros países .

Matrimonio extranjero
Información sumaria
CABA
Consultar por WhatsApp

Inscripción judicial

Para qué sirve inscribir un matrimonio extranjero

Para que un matrimonio celebrado en el exterior surta efectos jurídicos en Argentina, debe ser inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. En CABA, esa inscripción requiere una orden judicial previa, obtenida mediante una información sumaria ante un juez civil.

1

Revisión documental

Controlamos el acta extranjera, apostilla o legalización, traducción pública si corresponde y datos necesarios para iniciar.

2

Pedido judicial

Presentamos la información sumaria ante el juzgado civil de CABA para solicitar la orden de inscripción.

3

Inscripción final

Con la resolución judicial, gestionamos el oficio electrónico DEOX para que el Registro Civil practique la inscripción definitiva.

Orientación y segumiento continuo tu trámite

Abogados especializados en inscripciones de matrimonio extranjero en CABA

Seguimos tu caso de manera continua y te informamos los avances directamente por whatsapp. Revisamos toda la documentación antes de iniciar para evitar observaciones y demoras innecesarias.

Dr. Pablo García Dabezies abogado en CABA

Pablo García Dabezies

Abogado · T. 66 F. 609 CPACF
Dr. Marcelo P. Tassitch abogado en CABA

Marcelo P. Tassitch

Abogado · T. 66 F. 62 CPACF

Honorarios y gastos

Cuál es el costo de la inscripción

Honorarios profesionales

$900.000

Presupuesto profesional para la gestión judicial completa de la inscripción de matrimonio extranjero en CABA.

Forma de pago

50% al inicio Apertura de carpeta, análisis documental y presentación del pedido judicial.
50% al finalizar Una vez obtenida la orden judicial de inscripción.

Concepto técnico

Es un trámite judicial

En Argentina, el trámite se denomina técnicamente inscripción judicial de matrimonio extranjero y se realiza mediante una información sumaria ante un juez civil. No confundir con la tramitación de exequátur que se aplica al reconocimiento de sentencias de divorcio extranjeras.

El Registro Civil no inscribe directamente el acta extranjera por simple presentación administrativa. Primero se requiere una orden judicial que autorice la inscripción. Una vez dictada esa resolución, se diligencia el oficio correspondiente al Registro Civil para que el matrimonio quede asentado en Argentina.

Paso a paso

Cómo es el trámite

Gestionamos el expediente judicial desde la revisión de la documentación hasta la inscripción definitiva ante el Registro Civil de CABA.

1 Revisamos el acta de matrimonio extranjera, apostilla o legalización y traducción pública si corresponde.
2 Coordinamos la firma del pedido de forma remota o presencial, según el caso.
3 Presentamos la información sumaria ante el juzgado civil competente de CABA.
4 Se da intervención al Ministerio Público Fiscal y al Registro Civil para que dictaminen sobre la documentación.
5 El juez dicta la resolución que ordena la inscripción y se libra oficio electrónico DEOX al Registro Civil.

Plazo estimado

Cuánto demora

El plazo estimado promedio es de aproximadamente 3 meses desde el inicio del proceso, aunque puede variar según la agenda del juzgado, la intervención del Ministerio Público Fiscal, el Registro Civil y la documentación acompañada.

La presentación digital y el diligenciamiento por sistema DEOX permiten evitar demoras propias de los antiguos oficios en papel.

Qué incluye

Alcance del presupuesto

1

Gestión judicial

Presentación completa ante el Juzgado Civil de CABA y seguimiento del expediente.

2

Vistas y control

Impulso de las vistas al Ministerio Público Fiscal y al Registro Civil cuando correspondan.

3

Oficio DEOX

Diligenciamiento del oficio electrónico para que el Registro Civil practique la inscripción final.

Documentación

Qué documentación necesitás

Antes de iniciar el trámite revisamos la documentación para evitar observaciones judiciales o demoras innecesarias.

Documentos principales

  • Acta de matrimonio extranjera.
  • Apostilla de La Haya o legalización internacional correspondiente.
  • Traducción pública argentina, si el documento está en idioma extranjero.
  • DNI o documentación personal de los solicitantes.

Datos complementarios

  • País donde se celebró el matrimonio.
  • Fecha de celebración del matrimonio.
  • Estado civil anterior de los contrayentes, si corresponde acreditarlo.
  • Documentación adicional que el juzgado o el Registro Civil puedan requerir.

Reseñas reales

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Dudas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre inscripción de matrimonio extranjero

Se inicia una información sumaria ante un juez civil. Si la documentación cumple los requisitos, el juez dicta una resolución que ordena la inscripción ante el Registro Civil de CABA.
Es necesario cuando se pretende que el matrimonio celebrado en el exterior produzca efectos jurídicos registrales en Argentina. El Registro Civil de CABA requiere orden judicial para practicar la inscripción.
El plazo estimado promedio es de aproximadamente 3 meses, aunque puede variar según el juzgado, la intervención del Ministerio Público Fiscal, el Registro Civil y la documentación acompañada.
Sí. El acta extranjera debe contar con Apostilla de La Haya o legalización internacional válida, según el país de origen del documento.
Si el acta o documentación está en un idioma distinto al español, se requiere traducción pública realizada por traductor público matriculado y legalizada por el colegio profesional correspondiente.
En la mayoría de los casos, sí. Podemos revisar la documentación, preparar el trámite y coordinar la firma de forma remota o presencial, según corresponda.

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